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En el segundo aniversario de la sentencia de la Corte que exhortó a las autoridades públicas a garantizar el acceso al aborto legal, las organizaciones denuncian que se trata de un derecho ampliamente vulnerado en la mayoría de las jurisdicciones del país. Aún así, la Corte rechazó el pedido presentado para que se llame a una audiencia pública en la que se pudiera dar seguimiento a esa sentencia denunciaron distintas ongs.
A dos años del histórico fallo “F.,A.L.” en que la Corte Suprema de Justicia aclaró que no es punible el aborto cuando el embarazo es resultado de una violación, Amnistía Internacional Argentina (AIAR), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advierten que mujeres y niñas todavía encuentran obstáculos para acceder a ese derecho.
La falta de políticas activas por parte de los poderes ejecutivos nacional y locales, las trabas normativas e interferencias ilegales de funcionarios, operadores judiciales, abogados y médicos, dificultan e incluso impiden el ejercicio de un derecho que está vigente desde 1921 y sobre el cual todas las dudas que pudieran persistir fueron despejadas por el máximo tribunal de justicia.
El 13 de marzo de 2012 la Corte Suprema dictó el fallo “F.,A.L.”, en el que interpretó el alcance del derecho al aborto no punible, establecido en el artículo 86 del Código Penal. Allí dispuso que no se requiere autorización judicial ni denuncia policial previa para acceder a la práctica cuando el embarazo es resultado de una violación. Es decir que es suficiente con la declaración de la víctima. La Corte también exhortó a las autoridades nacionales, provinciales y de CABA a implementar protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles, a fin de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a este derecho.
Sin embargo, y a pesar de la claridad y contundencia de la sentencia, la realidad de mujeres y niñas no ha variado sustancialmente. Si bien ha habido algunas reacciones favorables a la exhortación de la Corte, más de la mitad de las jurisdicciones del país aún no cuenta con una normativa que asegure el acceso al aborto no punible en las condiciones establecidas en el fallo y la falta de información precisa desde el sistema de salud impide conocer en qué medida esa práctica médica se realiza efectivamente en los hospitales públicos. Esta situación ha sido aprovechada por activistas contrarios a los derechos de las mujeres para obstaculizar el acceso a la práctica en diversos casos de aborto legal, tal como fue difundido durante estos dos años por los medios de comunicación y denunciado por el movimiento de mujeres.