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Luego de que diversos debates sobre “ciberpatrullaje” se desarrollaran en la agenda pública, el Ministerio de Seguridad trabaja en un Reglamento para la realización de este tipo de tareas por parte de las fuerzas de seguridad. Para tal fin el 17 de abril convocó a una reunión con expertos y organizaciones de la sociedad civil. Amnistía Internacional envió sus comentarios a ese documento.
El llamado “ciberpatrullaje” -o investigación en fuentes abiertas de datos- es una actividad de inteligencia que puede poner en entredicho derechos fundamentales como la libertad de expresión y la privacidad; a la vez que puede debilitar el funcionamiento del sistema democrático al producir un efecto silenciador sobre voces disidentes.
Las consideraciones presentadas por Amnistía Internacional tienen como premisa el respeto y la garantía de los derechos humanos, incluyendo – entre otros aspectos – la debida necesidad y proporcionalidad acordes a un fin legítimo, una adecuada rendición de cuentas y la previsión de las responsabilidades en caso de incumplimiento de los límites preestablecidos.
“Como hemos expresado en distintas oportunidades, Amnistía Internacional valora el enorme esfuerzo que está llevando adelante el gobierno nacional para controlar la expansión del COVID-19. Sin embargo, bajo ningún concepto la pandemia debe servir de excusa para la adopción de medidas de vigilancia masiva indiscriminada. Como Amnistía Internacional es nuestro deber advertir que, en este marco de excepcionalidad y conforme lo establece el derecho internacional, es esencial que las medidas que se adopten respeten los derechos humanos y las garantías constitucionales vigentes”, señaló Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
Entre las recomendaciones al proyecto de reglamento, Amnistía Internacional recuerda que las medidas adoptadas en este contexto de emergencia sanitaria deben prolongarse sólo durante el tiempo necesario para abordar la pandemia. También deben ser transparentes y claras, para que puedan ser analizadas y modificadas, o anuladas posteriormente. La información no podrá utilizarse con fines comerciales ni de otra índole.
El gobierno también debe proteger los datos personales, lo que incluye garantizar la seguridad de los datos y de los dispositivos, aplicaciones, redes o servicios utilizados en su recopilación, transmisión, tratamiento y almacenamiento.
El aumento de las medidas de vigilancia ante el COVID-19 también tiene que estar sujeto a la supervisión efectiva de organismos independientes de control externo y control judicial. Además, las personas que hayan sido sometidas a vigilancia deben tener la oportunidad de conocer e impugnar las medidas que se tomen en relación a la recopilación de datos.
Finalmente, las respuestas a la actual pandemia que contengan medidas de recopilación de datos deben incluir medios de participación libre, activa y significativa de las partes interesadas. Amnistía Internacional valora esta instancia de contribución y espera que esta que el gobierno detenga esta práctica de “ciberpatrullaje” hasta tanto no esté debidamente reglamentada de manera a garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de la población.