economía
La Secretaría de Industria, por Resolución 35/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, aprobó a partir del día 1 de enero de 2012 el Programa de Integración Progresiva presentado por la firma Konvekta S.A. para la producción de un equipo de aire acondicionado modelo KL 35.
El Programa se inscribe el Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la Argentina y Brasil.
En los considerandos explica que el acuerdo establece, entre otros aspectos, que los Productos Automotores serán considerados originarios de las Partes siempre que incorporen un contenido regional mínimo del Mercado Común del Sur (Mercosur) del 60%.
Añade que a los efectos del cumplimiento del Índice de Contenido Regional, el Trigésimo Octavo Protocolo Adicional establece que se considerarán también originarios de las Partes los vehículos, subconjuntos y conjuntos alcanzados por el concepto de nuevo modelo, siempre que fueran producidos en el territorio de una de las Partes al amparo de un Programa de Integración Progresiva aprobado por su Autoridad de Aplicación.
En ese sentido, la norma dictamina que la firma Konvekta S.A deberá alcanzar el Índice de Contenido Regional del 60% en el lapso máximo de 2 años. Tendrá como requisito incorporar como mínimo un 40% al inicio del primer año, 50% en el inicio del segundo año y 60% en el inicio del tercer año.
Además, la resolución señala que la empresa deberá informar a la Secretaría de Industria, en su carácter de Autoridad de Aplicación, antes del mes de enero de cada año el cumplimiento efectivo del Programa de Integración Progresiva comprometido, mediante la presentación de la declaración jurada de cumplimiento de los Índices de Contenido Regional anuales comprometidos.
Por último, indica que el desarrollo del programa queda sujeto al cumplimiento de los compromisos de contenido regional asumidos por la empresa.
La norma lleva la firma del secretario de Industria, Javier Rando.