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Una Ley sancionada en la última sesión en la Ciudad de Buenos Aires propone que ese sea el tiempo máximo de espera una vez iniciada la llamada. Las solicitudes deberán ser respondidas en un máximo de 24 horas.
La Legislatura porteña sancionó ayer una Ley que obliga a todas las empresas prestadoras de bienes y servicios a dar una respuesta al consumidor dentro de las 24 horas de realizada cualquier consulta telefónica, y determina que todas las comunicaciones deben atenderse en un plazo de espera de 5 minutos u otorgar un número de gestión para el reclamo (al superar ese tiempo), el cual debe ser contestado durante las próximas 24 horas de recepcionado el llamado. La autora de la iniciativa es de la diputada Adriana Montes (Bases para la Unión).
"La finalidad de esta Ley es establecer una serie de procedimientos para que los consumidores y usuarios puedan defender sus derechos ante la falta de respuesta de las empresas prestadoras de bienes y servicios", señaló la autora del proyecto.
"Es muy habitual que llames durante un largo tiempo a una empresa para hacer un reclamo y que no te atienda nadie, a partir de ahora, las empresas estarán obligadas a responderte al número del cual llamaste dentro de las 24 horas", comentó Montes. "Además, en cuanto se inicie la comunicación, deberán otorgarte un número de gestión que, por más que no nos atiendan, podrás guardar como constancia de dicho llamado", agregó.