domingo, 7 de septiembre de 2025

La Libertad de expresión bajo análisis


política

Amnistía Internacional Argentina expresó su profunda preocupación frente a la decisión del juez Alejandro Maraniello, y consideró que impedir la circulación de información constituye censura previa.


El caso se refiere a la difusión de audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación y atribuidos a la Secretaría General de la Presidencia que en una medida de censura previa, fueron prohibido por la resolución de un juez del fuero Civil y Comercial de la Nación.

La censura previa está expresamente prohibida por los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional y por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Según estos estándares, eventuales conflictos con la honra o la intimidad deben resolverse mediante responsabilidades ulteriores (sanciones posteriores, con base legal y proporcionalidad), nunca a través de bloqueos preventivos.

Un aspecto especialmente criticable de la decisión es que ignora la especial protección que merece la expresión cuando se trata de asuntos de interés público . Contrariamente a lo establecido por el juez es justamente cuando se prohíbe la difusión de información que se afecta el derecho de la sociedad a ser informado sobre un asunto de relevancia pública.

“La difusión de información de interés público no puede ser bloqueada de manera preventiva. Eso es censura previa, totalmente prohibida. La amenaza penal a quienes ejercen la labor periodística, así como impedir que la sociedad acceda a información, constituyen graves faltas al ejercicio de la libertad de expresión e información, la transparencia y la rendición de cuentas. En este contexto hemos solicitado el acceso al expediente, actualmente reservado, reclamando que se haga público”, afirmó Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.

Amnistía Internacional consideró que denunciar penalmente a periodistas por presunto espionaje ilegal constituye una amenaza grave a la libertad de expresión y genera un efecto amedrentador incompatible con los estándares internacionales de derechos humanos.