jueves, 5 de agosto de 2010

LA UART SALIÓ A ACLARAR


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La UART, Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, ante informaciones que han tomado estado público citando a una “fuente judicial” no identificada, desea aclarar que, si bien el Fallo al que se refieren aún no aparece publicado en el sito web del Máximo Tribunal, la indemnización que menciona la nota es la del art. 8 de la Ley 23.643 del año 1988, una de las modificaciones a la vieja Ley de Accidentes de Trabajo 9688.

En consecuencia, y sobre la base de la información referenciada, la inconstitucionalidad fue respecto de un artículo de una vieja ley que ya había sido derogada y que aplicaba a casos anteriores a la vigencia de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Por ende, no atañe al Sistema de Riesgos de Trabajo ya que la Ley de Riesgos del Trabajo entró en vigencia el 1/7/96, la indemnización es de una normativa de 1988 y se aplicó a un caso judicial iniciado en 1995.