economía
La AFIP determinó las condiciones de los distintos sujetos beneficiados, así como las obligaciones de los agentes de retención para eximir del pago del impuesto a las Ganancias a los que cobren sueldos de hasta $15 mil mensuales y de elevar en 20% las deducciones a quienes perciban hasta $25 mil. No salió publicado los dichos de la presidente sobre las restricciones sobre estados civiles de las parejas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) completó hoy la normativa relacionada con la decisión del gobierno nacional de eximir del pago del impuesto a las Ganancias a los trabajadores con sueldos de hasta 15 mil pesos mensuales, y de elevar en 20% las deducciones a quienes perciban hasta 25 mil pesos.
La Resolución General 3525 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial, precisa aspectos de la aplicación del régimen dispuesto para las remuneraciones y haberes jubilatorios que se perciban a partir del 1 de septiembre.
El decreto 1242/2013, difundido este miércoles, dispuso además, para los trabajadores que desarrollan su actividad y los jubilados que viven en la región patagónica, un incremento de 30% de las deducciones aplicables.
La medida de la AFIP lleva la firma de su titular, Ricardo Echegaray, y determina las condiciones de los distintos sujetos beneficiarios, así como las obligaciones de los respectivos agentes de retención.
El aumento del mínimo no imponible se dispuso en el marco de la segunda mesa de diálogo político, y según el decreto, es de carácter "contracíclico", para fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores "y con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".