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Un grupo de expertos de la ONU en Derechos Humanos expresó preocupación por las recientes decisiones de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, que han clausurado al menos dos causas en las que se investigaban serias acusaciones de torturas, desapariciones forzadas y homicidios cometidos durante la dictadura de los años 70 y 80.
La máxima instancia judicial de Uruguay ha declarado la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de la Ley de Interpretación de la Ley de Caducidad de 2011, que permitían la investigación de los delitos cometidos por oficiales de las fuerzas armadas y policiales durante el gobierno militar.
Los expertos de la ONU sostuvieron que los Estados tienen la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones de investigar y juzgar a los responsables de las atrocidades que constituyan crímenes conforme al derecho internacional, con el fin de acabar con la impunidad, y que dichos crímenes no estén sujetos a prescripción, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido.
Por su parte, el Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias señaló que “todo acto de desaparición forzada se debe considerar delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos”.