domingo, 30 de diciembre de 2012

Recomendaciones para el uso de protector solar


sociedad

El sol es beneficioso para la salud, pero también es el principal causante de las distintas enfermedades cutáneas. Existen estudios que demuestran la incidencia negativa de la radiación solar sobre la piel. Por ello, la protección contra sus efectos nocivos es importante durante todo el año y no solamente en verano, pues los rayos ultravioletas también nos afectan en los días nublados y en aquellos de poca luminosidad.

Los protectores solares son productos de uso externo que contienen sustancias que por mecanismos físicos y/o químicos actúan como barrera protectora de la piel a las radiaciones solares. Constituyen una defensa de primera línea, siempre que reúnan condiciones necesarias de eficacia, seguridad y calidad. Estos productos son clasificados según el Factor de Protección Solar (FPS), que identifica la protección que ofrece contra los rayos ultravioletas (UV), acorde al tipo de piel. A mayor número de FPS, mayor protección. Según la disposición de ANMAT 957/2012 (publicada en febrero pasado y cuya implementación se viene realizando de manera progresiva hasta febrero de 2014, de acuerdo con los plazos establecidos para la adecuación a la nueva normativa), los productos para protección solar se encuadran, a modo de orientación, de la siguiente manera: ¿Cómo elegir un producto adecuado?

Es importante la elección del factor de protección a utilizar para el rostro y el cuerpo teniendo en cuenta el tiempo de exposición. Además, el hecho de conocer el tipo de piel ayuda a escoger el producto adecuado. Dentro de los protectores solares, hay productos con fórmulas resistentes al agua, adecuados para realizar deportes acuáticos o simplemente para nadar. La resistencia al agua consiste en la propiedad de conservar la fotoprotección después de una inmersión de 40 minutos. También es importante tener en cuenta que los rótulos de los protectores solares deben tener las siguientes características: En el rotulado principal (primario y secundario) es obligatorio indicar de forma destacada el número entero de protección solar precedido de la sigla “FPS” o de las palabras “Factor de Protección Solar”.

Contener las siguientes advertencias e instrucciones de uso: a) “Es necesaria la reaplicación del producto para mantener su efectividad”. b) “Ayuda a prevenir las quemaduras solares”. c) “Para niños menores de 6 (seis) meses, consultar al médico”. d) “Este producto no ofrece ninguna protección contra la insolación”. e) “Evite la exposición prolongada de los niños al sol”. f) “Aplique abundantemente antes de la exposición al sol”. Cuando haya un tiempo determinado por el fabricante o un período de espera (antes de la exposición), también deberá constar en el rotulado. g) “Reaplicar siempre, luego de sudoración intensa, nadar o bañarse, secarse con toalla y durante la exposición al sol”. Cuando haya un tiempo determinado por el fabricante para la reaplicación, también deberá constar en el rotulado. h) “Si la cantidad aplicada no es adecuada, el nivel de protección será significativamente reducido”.

Debe mencionar marca, contenido neto, domicilio del titular o elaborador o importador, lote y fecha de vencimiento. Deben indicar la composición cualitativa de los filtros solares. Los productos importados deben poseer los datos del responsable en el país, en idioma español. Debe tenerse en cuenta que los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes multifuncionales que contienen filtros solares únicamente como coadyuvantes en el cuidado de la piel o para la protección de la formulación, y que no proclamen actividad como protector solar ni enuncien un valor de FPS, no necesitan adecuarse a la normativa sobre protectores solares.