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Un fallo de Cámara condena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a dar a conocer las acciones que desarrollará para el ''Día de Lucha Contra la Discriminación por Orientación Sexual o Identidad de Género'' a celebrarse el 17 de mayo. La ADC, la CHA y la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo habían iniciado el año pasado una acción de amparo contra el Gobierno.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires condenó al Gobierno de la Ciudad a que informe a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) las campañas o actividades que desarrollará con motivo de la celebración del día de Lucha Contra la Discriminación por Orientación Sexual o Identidad de Género, el 17 de mayo. Dichas acciones dan cumplimiento a la Ley Nro. 2687, autoría de la diputada Gabriela Alegre.
En el marco del trabajo que realiza la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y la Clínica Jurídica en Derecho a la Información Pública que se dicta en la Carrera de Abogacía de la Universidad de Palermo, durante el 2008, se asesoró a la CHA en diversos pedidos de información dirigidos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que informe las actividades que desarrollará contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género.
Las solicitudes de información promovidas por el abogado Pedro Paradiso Sottile, Coordinador del Área Jurídica de la CHA, se realizaron en base a la Ley Nro. 104 que prevé que toda persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la Administración Central. Las mismas fueron remitidas al Jefe de Gobierno, al Ministerio de Educación y a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires. Ante la respuesta incompleta de la cartera de educación y la negativa a responder de los otros dos pedidos, el 3 de julio de 2009 se inició una acción de amparo en el fuero Contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
El fallo de primera instancia fue favorable al pedido de la CHA. En esta oportunidad se trata de la sentencia de la Sala II de la Cámara del mismo fuero promovida por el Gobierno de la Ciudad, quién apelo el primer fallo. La Cámara reconoce la “insuficiencia de la información brindada” por parte del Gobierno de la Ciudad y lo condena a que indique pormenorizadamente qué acciones llevará a cabo para dar cumplimiento a tal obligación ya que “simplemente el informe acompañado narró una serie de eventos que habrían tenido lugar, pero sin ningún soporte que lo refleje”.
La CHA (www.cha.org.ar) es una organización no gubernamental con una destacada tarea desde hace más de 25 años, en la defensa, igualdad, protección y promoción de los derechos de las personas gays, lesbianas, transexuales, travestis y bisexuales e intersexuales. La Clínica Jurídica destinada a los alumnos de derecho de la Universidad de Palermo funciona como un consultorio jurídico sin fines de lucro que trabaja con la colaboración de diferentes Organizaciones No Gubernamentales, y tiene como objetivo principal la exploración de diversos instrumentos para la práctica jurídica en casos reales.