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Greenpeace le propone a la Presidenta de la Nación que dialogue por teleconferencia con los pobladores de Famatina y Catamarca y escuche sus planteos respecto a los emprendimientos megamineros, como lo hizo ayer con el trabajador cementero de Olavarría. “Estamos de acuerdo con la Presidenta en la necesidad de entablar un debate serio sobre el tema y sobre el camino de desarrollo elegido para el país y queremos participar de él”, aseguró Martín Prieto, Director Ejecutivo de la organización.
Desde Greenpeace se respondió así a los dichos de Cristina Fernández de Kirchner, que en su discurso de ayer aseguró que le "gusta escuchar todas las posiciones", pero a la vez criticó a vecinos y ecologistas que se oponen a la minería a cielo abierto en las provincias cordilleranas. “Para darse un debate serio en materia ambiental deben escucharse las posiciones críticas a la minería y no reprimirlas o perseguirlas”, afirmó Prieto.
En relación a la Usina Termoeléctrica a carbón de Río Turbio, mencionada por la Presidenta en su discurso y que Greenpeace viene cuestionando desde el año 2008 -que cuenta además con denuncias judiciales por sobreprecios-, Prieto señaló que “se trata de una explotación fuera de toda lógica económica, energética y ambiental”. Y agregó que “la central a carbón de Río Turbio recibió múltiples cuestionamientos técnicos y ambientales”. Los ecologistas remarcaron que se trata de un emprendimiento que emplea una tecnología energética sucia que comprometerá a la Argentina en materia de emisiones que afectan al clima, cuya primera consecuencia es, probadamente, el retraimiento de glaciares, situación agravada por los emprendimientos mineros en alta montaña.
De la misma manera, Greenpeace recordó a la Presidenta que la Ley de Glaciares que fue aprobada por segunda vez en 2010 (luego de ser vetada por Cristina Fernández de Kirchner en 2008), sigue sin aplicarse debido a las presentaciones judiciales realizadas por la empresa Barrick Gold. La organización ambientalista también criticó la falta de reglamentación del artículo 15 de la Ley de Glaciares, que establece el plazo para realizar los inventarios en emprendimientos desarrollados en áreas prioritarias, y el nulo avance en los inventarios de glaciares y área periglaciares que la misma ley establece.