economía
La Secretaría de Transporte de la Nación, por Resolución 23/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, autorizó a los explotadores de servicios regulares de transporte aéreo interno de pasajeros, a aplicar las tarifas en clase económica, desde la cero hora de mañana. Precisa que dichas tarifas se encuentran dentro de las bandas tarifarias, entre la tarifa de referencia y las tarifas máximas I y II de cada uno de los puntos origen-destino descriptos en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
El incremento dispuesto debe ser considerado a cuenta de la tarifa que se establezca, en razón de ajustar la misma a las previsiones del Artículo 42 de la Ley Nacional de Política Aérea Nº 19.030.
Para los tramos o rutas no indicados en el Anexo, la tarifa de referencia será calculada en proporción al kilometraje, comparándola con la tarifa de referencia correspondiente a una ruta de distancia similar que atienda un mercado de la misma región geográfica. La resolución lleva la firma del secretario de Transporte, Juan Pablo Schiavi.
En los considerandos expresa que conforme los criterios de permanente análisis de evolución de mercado que se iniciaron oportunamente para el sector de transporte Aerocomercial, corresponde continuar la aplicación del proceso de articulación de las diversas estructuras tarifarias de los sectores de transporte Aerocomercial y terrestre. Precisa que esta relación de proporción en la evolución tarifaria mantiene la ponderación de la sustitución y la coordinación por interconexión que las distintas redes de transporte exhiben, manteniendo al mismo tiempo la proporción que evita situaciones distorsivas y estimula el fortalecimiento de las conexiones entre las mismas.