domingo, 26 de abril de 2015

Domingo de elecciones en la Ciudad de Buenos Aires


política

El 26 de abril se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias por primera vez en Buenos Aires en las que se elegirán los candidatos/as de cada agrupación política para las categorías Jefe/a de Gobierno, Legisladores y Miembros de las Juntas Comunales.

¿Qué son las P.A.S.O?

Es el Régimen de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias.

A partir de la sanción de la Ley Nº 4894, todas las agrupaciones políticas que intervienen en la elección de autoridades locales de la Ciudad deben proceder, en forma obligatoria, a seleccionar sus candidatos/as a cargos públicos electivos locales mediante elecciones primarias, en un sólo acto electivo, con voto secreto y obligatorio.

Las elecciones primarias en la Ciudad son convocadas por el Jefe de Gobierno, al menos noventa (90) días corridos antes de su realización y deben celebrarse con una antelación no menor a sesenta y cinco días corridos, ni mayor a ciento veinte días corridos, de las elecciones generales.

La designación de los/as precandidatos/as es exclusiva de las agrupaciones políticas, quienes deben respetar las respectivas cartas orgánicas y los recaudos establecidos en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en las normas electorales vigentes.

Los/as precandidatos/as que participen en las elecciones primarias pueden hacerlo en una sola agrupación política y para una sola categoría de cargos electivos. Los/as precandidatos/as que hayan participado en las elecciones primarias por una agrupación política, no pueden intervenir como candidatos/as de otra agrupación política en la elección general. Para las elecciones generales, las agrupaciones políticas no podrán adherir sus listas de candidatos proclamados en las elecciones primarias a las listas de candidatos proclamados por otras agrupaciones políticas.

En las elecciones primarias deben votar todos los electores empadronados de la Ciudad y se utilizará el mismo padrón que para la elección general. La elección del/la candidato/a a Jefe/a de Gobierno de cada agrupación política se realiza en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, entre todos los/las precandidatos/as participantes en la categoría.

Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida la notificación de su proclamación, el/la candidato/a a Jefe/a de Gobierno de cada agrupación política debe seleccionar al candidato/a a Vicejefe/a de Gobierno que lo acompaña en la fórmula. No pudiendo optar por aquellos precandidatos/as que hayan participado en las elecciones primarias de otras agrupaciones políticas. Para la conformación final de la lista de candidatos/as a diputados de cada agrupación política se aplica la fórmula D’Hondt entre todas las listas de precandidatos/as participantes en la categoría. Cada agrupación política podrá establecer requisitos adicionales en su carta orgánica o reglamento electoral.

Para la conformación final de la lista de candidatos/as a Miembros de las 15 Juntas Comunales de cada agrupación política se aplica el sistema D’Hont entre todas las listas de precandidatos/as participantes en la categoría en cada comuna. Cada agrupación política podrá establecer requisitos adicionales en su carta orgánica o reglamento electoral. Sólo podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones políticas que, aún en el caso de lista única, hayan obtenido:

para las categorías de Jefe/a de Gobierno y Diputados/as, como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas, igual o superior al uno y medio por ciento (1,5%) de los votos válidamente emitidos para cada categoría; para la categoría de Miembros de la Junta Comunal, como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas, igual o superior al uno y medio (1,5%) de los votos válidamente emitidos en dicha categoría para la comuna en la que se postulan.

¿Qué se vota en 2015?

Los votantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires eligen en 2015 sus autoridades locales:

Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno 30 legisladores Miembros de las Juntas Comunales, 7 por comuna

¿Cuándo se vota? 

26 de abril. P.A.S.O. Por primera vez, se celebran en La Ciudad elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O) para cargos locales. En ella se eligen los candidatos/as de cada agrupación política para las categorías: Jefe/a de Gobierno Legisladores Miembros de las Juntas Comunales 5 de julio. Elecciones Generales.

Se eligen: Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno 30 legisladores 7 miembros de cada Junta Comunal de la Ciudad 19 de julio. Eventual Segunda Vuelta. Si en la Elección General ninguna fórmula obtuviera el 50% de los votos emitidos válidos positivos se elegirá Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno entre las 2 fórmulas más votadas. Más información: https://www.eleccionesciudad.gob.ar/que-voto.php

¿Cómo se vota?

El 5 de marzo se publicó la Ley 5241 (Boletín Oficial de la Ciudad nº 4592 ) por la que suspende la aplicación del Anexo II de la Ley Nº 4.894 para las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) previstas en la Ciudad para el día 26 de abril de 2015. Es decir, en las P.A.S.O. se votará sobre boleta de sufragio prevista en el Código Electoral Nacional vigente, boleta a color y en cuarto oscuro.

1) En la entrada de su establecimiento de votación encontrará publicado el Padrón Electoral. Consulte el número de mesa que en la que Usted figura como elector. 2) Diríjase a la mesa de votación asignada y presente su documento cívico. El presidente de la mesa le entregará un sobre vacío, firmado por las Autoridades de Mesa. 3) Ingrese al cuarto oscuro y elija la boleta o secciones de boleta de su preferencia. Recuerde introducir en el sobre de votación una opción por cada categoría (Jefe/a de Gobierno, legisladores y Miembros de Juntas Comunales). La falta de elección es considerada como voto en blanco. 4) Cierre el sobre y diríjase a su mesa de votación para introducir su voto en la urna. Las Autoridades de Mesa verificarán que se trata del mismo sobre que le fuera entregado. 5) Firme en el recuadro dispuesto, junto a sus datos personales, en el Padrón de la Mesa. 6) Reciba la constancia de emisión de voto, verifique sus datos personales figuran correctamente y que tiene la firma de la Autoridad de Mesa. 7) Finalmente, recupere su documento cívico. Más información.

¿Dónde voto?

Puede consultarse telefónicamente dónde vota a través de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad 0810 3333 6767, de lunes a viernes de 10:00 a 18:00. https://padron.buenosaires.gob.ar/