política · Mar del Plata
En todo el ámbito de General Pueyrredon
El concejal de Acción Marplatense, Diego Monti, presentó un proyecto de Ordenanza en el que propone que “se prohíba en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la fabricación, venta y/o distribución de juguetes bélicos, entendiéndose por tales a aquellos que imitan armas o sirven para jugar a matar”.
Además, el edil solicita que se vede la “publicidad o formas de difusión que remitan directa o indirectamente a esta clase de juguetes”.
De aprobarse la iniciativa de Monti, quienes no cumplan esta norma serán sancionados con multas cuyo monto tendrá como tope el equivalente a tres sueldos mínimos del personal municipal.
“En el texto de la propuesta se incluye la realización de una campaña de difusión tendiente a lograr en la población la toma de conciencia de lo nocivo que resultan para nuestros niños el uso de juguetes bélicos, misión que estará a cargo del Departamento Ejecutivo de nuestra comuna”, adelantó el concejal.
“Nos ocupamos de esta cuestión –añadió-, porque sabemos la importancia que tienen los juguetes en el juego durante la etapa de la niñez. El juego es el lenguaje principal de los pequeños; es una actividad, además de placentera, necesaria para el desarrollo intelectual y afectivo del niño”.
“Asimismo –subrayó-, por medio del juego los niños empiezan a comprender cómo funcionan las cosas, descubren que existen reglas de causalidad, de probabilidad y de conducta que deben aceptarse y esta etapa trascendente de la vida puede verse seriamente afectada por la vinculación de los chicos con estos elementos, a través de los juegos agresivos o bélicos, toda vez que por medio de ellos se establecen relaciones a partir de aspectos violentos y de agresión hacia otro ser humano”.
“Estamos convencidos de que los juguetes bélicos no contribuyen a lograr una educación basada en el respecto, la justicia y la paz, sino a una expresión incontrolada de la violencia y competencia entre los propios niños, remarcó”.
No olvidemos –destacó Monti-, que según la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1959, en su Artículo 7º determina que “… El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho”.