miércoles, 20 de enero de 2016

Detención de Sala: organizaciones de derechos humanos solicitaron medidas cautelares a la Comisión Interamericana


internacional

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) realizaron en el día de ayer una solicitud a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en favor de Milagro Sala, Germán Noro, Emilio Cayo Rocabado, Alberto Esteban Cardozo y demás integrantes de la Red de Organizaciones Sociales de Jujuy (ROS).

En un escrito piden que la Comisión otorgue medidas cautelares para garantizar la libertad de Milagro Sala y el ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la protesta social en Jujuy.

En los últimos días, referentes de la organización barrial Tupac Amaru y de la Red de Organizaciones Sociales de Jujuy han sido víctimas de hostigamiento y persecución penal en el marco de una protesta social de sectores populares en esa provincia. Este accionar incluyó la detención arbitraria de Milagro Sala, referente de la Tupac Amaru y parlamentaria del Parlasur. Su detención está siendo utilizada de manera extorsiva para limitar el derecho a la protesta y a la libertad de expresión de las organizaciones sociales, violando derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos a los que, vale resaltar, la Argentina se encuentra obligada.

Milagro Sala está acusada de organizar una protesta (interpretada como el delito de entorpecimiento de la circulación al cual ella estaría instigando) en rechazo a un decreto provincial relacionado con el trabajo en cooperativas del cual forma parte (interpretado como sedición). El gobierno provincial y la justicia jujeña están utilizando dos figuras penales para criminalizar la protesta con imputaciones vagas. Junto con una interpretación formalista contraria a los estándares internacionales sobre derecho a la protesta, se ordenó la detención de Sala en forma arbitraria y bajo un procedimiento lleno de irregularidades. En un proceso penal por estos delitos y con estas características no corresponde que la persona acusada sea privada de su libertad en forma preventiva.

La privación arbitraria de la libertad como respuesta a la protesta social implica un daño irreparable para las personas directamente involucradas y también tiene efectos intimidatorios para el conjunto de la comunidad. En la presentación realizada a la CIDH, las organizaciones de derechos humanos alertamos sobre esta alarmante situación: “la gravedad se manifiesta en el inicio de una persecución penal con exclusivo sustento en el desarrollo de una protesta que ha llegado a la criminalización de cuatro de sus referentes, a la detención de una de ellos y a atemorizar al grupo que reclama por sus derechos con una orden explícita de desalojo de la protesta. Se concreta así un impacto arrollador sobre el ejercicio de la libertad de expresión”, afirmaron.

Las medidas judiciales impulsadas por el poder ejecutivo de la provincia de Jujuy procuran desarticular la manifestación y amedrentar a sus participantes. De esta manera, el Estado en lugar de generar condiciones efectivas para el ejercicio de la protesta como lo establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se propone impedir su desarrollo. Esta restricción de las libertades democráticas por vía de la obstaculización y criminalización del derecho a la protesta tienen la gravedad, la urgencia y la irreparabilidad que justifican el otorgamiento de las medidas cautelares que le solicitamos a la Comisión.