viernes, 5 de junio de 2026

Reclamo al Gobierno: ¿Cuáles son las medidas urgentes para proteger a las pymes?


economía

En un contexto de consumo deprimido y ante la propuesta de reforma tributaria del FMI, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) elevó un planteo formal para que ARCA no aplique sanciones en el período de espera, se suspendan ejecuciones fiscales y se implemente un régimen especial de facilidades de pago para preservar el entramado productivo.


La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicitó que, durante el período de espera establecido en la normativa, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no aplique multas a las pequeñas y medianas empresas. La entidad considera fundamental atender este planteo para promover condiciones que contribuyan a preservar el entramado productivo, fortalecer la competitividad del sector y acompañar su desarrollo sostenible en un contexto de consumo deprimido y ante la propuesta de reforma tributaria realizada por el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Desde la entidad PyME señalaron un esquema escalonado para la aplicación de penalidades. Propusieron que, en los casos donde el contribuyente regularice la obligación intimada dentro de los 15 días posteriores a la finalización de dicho período de espera, la multa aplicable se reduzca en un 50%. Bajo esta iniciativa, la sanción debería aplicarse en su totalidad, acorde a los montos establecidos por la ley, solo una vez vencido este último plazo sin que se hubiera cumplido con la obligación.

Por otra parte, atendiendo a que el proyecto sería de origen fiscal, la entidad gremial empresaria solicitó que se disponga la suspensión de las ejecuciones fiscales y de los embargos aplicables al sector pyme.

Al respecto, el coordinador de la Comisión de Asuntos Tributarios de CAME, Vicente Lourenzo, detalló los puntos centrales del requerimiento: “Pedimos la implementación de un régimen especial de facilidades de pago que contemple hasta 48 cuotas, con una condonación del 50% de los intereses devengados y una tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa pasiva del Banco Nación". Asimismo, Lourenzo precisó que dicho régimen debería comprender las deudas vencidas al 31 de mayo del presente año, así como también los planes de facilidades de pago vigentes y aquellos que hubieran caducado.